GOBIERNO CENTRAL: MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL
Se aprueba un fondo de 11.000 millones de euros, de los cuales 7.000 millones irán a fondo perdido que será gestionado por las CC.AA. bajo la supervisión de la Agencia Tributaria. Otro fondo de 3.000 millones de euros para reestructuración de deudas empresariales, será gestionado por la banca. El tercer fondo, de 1.000 millones de euros para la recapitalización de medianas empresas, será gestionado por la sociedad pública Cofides, que depende del Ministerio de Industria.
NUEVAS AYUDAS ERTES Y AUTÓNOMOS
Mediante Real Decreto Ley 2/2021 de 26 de enero se han aprobado las medidas de refuerzo y consolidación de actuaciones sociales en defensa del empleo, que han establecido los NUEVOS ESCENARIOS EN MATERIA DE APOYO A LAS EMPRESAS (ERTES) Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS, que se extenderán desde el 1 de febrero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021.
NUEVAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN DE MOVILIDAD EN ANDALUCÍA
Estas medidas de restricción a la movilidad entrarán en vigor a las 0:00 horas
del domingo 17 de enero (es decir, noche del sábado al domingo) y se
mantendrán vigentes hasta las 00:00 horas del día 1 de febrero.
NUEVAS AYUDAS Y SUBVENCIONES DE JUNTA DE ANDALUCÍA PARA PYMES DE COMERCIO MINORISTA, HOSTELERÍA, RESTAURACIÓN Y AGENCIA DE VIAJES
TIPOLOGÍA DE LAS AYUDAS
En este Decreto-Ley se aprueban dos líneas de subvenciones por un importe fijo de 1.000 euros, en régimen de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de presentación de la solicitud hasta el agotamiento del crédito asignado.
NUEVAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN DE MOVILIDAD EN ANDALUCÍA
El reciente Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, y la Orden de 8 de
enero de la Consejería de Salud, establecen las nuevas medidas en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto
926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para
contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
MEDIDAS FISCALES Y MERCANTILES DERIVADAS DEL REAL DECRETO
El pasado 22 de diciembre se publicó el Real Decreto-ley 35/2020, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria. Las medidas de este nuevo Real Decreto pretenden aliviar la situación de empresas y autónomos, especialmente los relacionados con la ACTIVIDAD TURÍSTICA, HOSTELERA Y COMERCIAL que evite su cierre como consecuencia de la pandemia con diferentes medidas que pasamos a analizar a continuación.
Las medidas recogidas en este Real Decreto refuerzan las ya existentes como los ERTEs, donde se incorporan nuevos sectores hiperprotegidos -como restaurantes y puestos de comidas-.
El reciente Decreto del Presidente 9/2020, de 8 de noviembre y la Orden de 8 de noviembre de 2020, ambas de la Junta de Andalucía que establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre del Gobierno de España, han venido a graduar los niveles de alerta 3 y 4 en esta Comunidad Autónoma, estableciendo dos grados (grado 1 y grado 2) para estos niveles 3 y 4 de alerta sanitaria, en función de la situación sanitaria.
El Grado 1 afecta a la limitación horaria (opera en las fases o niveles 3 y 4 de alerta).
El Grado 2 afecta al cierre o suspensión de actividades no esenciales y opera en la fase 4 de alerta sanitaria.
NUEVAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN DE MOVILIDAD EN ANDALUCÍA
NUEVAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN
DE MOVILIDAD EN ANDALUCÍA
El reciente Decreto del Presidente 9/2020, de 8 de noviembre y la Orden de 8 de noviembre de 2020, ambas de la Junta de Andalucía que establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre del Gobierno de España, han venido a graduar los niveles de alerta 3 y 4 en esta Comunidad Autónoma, estableciendo dos grados (grado 1 y grado 2) para estos niveles 3 y 4 de alerta sanitaria, en función de la situación sanitaria.
El Grado 1 afecta a la limitación horaria (opera en las fases o niveles 3 y 4 de alerta).
El Grado 2 afecta al cierre o suspensión de actividades no esenciales y opera en la fase 4 de alerta sanitaria.
NUEVO ESTADO DE ALARMA
Mediante Real Decreto 926/2020, que ha declarado el nuevo Estado de Alarma, para contener la propagación de infecciones causadas por el Covid-19, entra en vigor el domingo 25 de octubre, con su publicación en el BOE.
Este nuevo Real decreto declara el ESTADO DE ALARMA en todo el territorio nacional, durante el periodo que media desde el 25 de octubre (fecha de publicación en el BOE) y hasta el 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse (la intención del Gobierno es mantenerlo vigente hasta el próximo mes de mayo, si logra los apoyos suficientes del Congreso).
NUEVAS AYUDAS PARA EMPRESAS Y AUTÓNOMOS
NUEVAS AYUDAS
PARA EMPRESAS
Y AUTÓNOMOS
El pasado 27 de junio, el BOE publicaba el Real Decreto Ley 24/2020 por el que se establecen nuevas medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, con el fin de ampliar las medidas existentes con motivo del Estado de Alarma y tras la desaparición de este.
En concreto, se amplían las medidas de los ERTEs y las ayudas dirigidas a los autónomos.
REGRESO A LA «NUEVA NORMALIDAD»
Con esta situación DESAPARECEN TODAS LAS RESTRICCIONES DE MOVILIDAD, dentro del territorio nacional, siendo posible desplazarse entre comunidades autónomas sin necesidad de contar con una justificación para ello y, también, será posible la movilidad en todo el espacio Schengen (Unión Europea), con la excepción de las comunicaciones con Portugal que no se retomarán con normalidad hasta el 1 de julio.
INGRESO MÍNIMO VITAL
El Ingreso Mínimo Vital se configura como la prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se encuentren en una situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas, con independencia de las ayudas que puedan establecer las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias, formando parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social como prestación económica en su modalidad no contributiva. Se prolongará mientras persista la situación de vulnerabilidad económica y se mantengan los requisitos que originaron el derecho a su percepción, estableciéndose como una ayuda intransferible; es decir, no podrá ofrecerse en garantía de obligaciones, ni ser objeto de cesión total o parcial, compensación o descuento, retención o embargo.
FASE 3 DE LA DESESCALADA
FASE 3 DE LA DESESCALADA COVID-19
El pasado 30 de mayo fue publicada la Orden SND/458/2020 y el 6 de junio la Orden SND/507/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, a la que se incorporará buena parte del territorio nacional.
SUBVENCIONES DESTINADAS A LAS EMPRESAS PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL, LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y LA CREACIÓN DE EMPLEO EN ANDALUCÍA
SUBVENCIONES DESTINADAS A LAS EMPRESAS PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL, LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y LA CREACIÓN DE EMPLEO EN ANDALUCÍA
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado la Resolución de 18 de marzo de 2020, por el que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de subvenciones, derivada de la Orden de 5 de junio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a las empresas para el desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la transformación digital y la creación de empleo en Andalucía durante el período 2017-2020.
SUBVENCIONES DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN Y MEJORA DE LA COMPETITIVAD DE LAS PYMES COMERCIALES Y ARTESANAS DE ANDALUCÍA.
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la Orden de 7 de mayo de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la modernización y mejora de la competitividad y a promover el relevo generacional de las PYMES comerciales y artesanas de Andalucía.
TRANSICIÓN HACIA LA FASE 2 DE LA DESESCALADA COVID-19
TRANSICIÓN HACIA LA FASE 2 DE LA DESESCALADA COVID-19
Ha sido publicada la Orden SND/414/2020 de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que entrará en vigor el próximo lunes día 18 de mayo, si bien, con la excepción de algunas islas de Canarias y Baleares, el conjunto peninsular no entrará en esta nueva Fase 2 hasta el próximo lunes 25 de mayo.
TRANSICIÓN DE LA FASE 0 A LA FASE 1 DE LA DESESCALADA COVID-19
TRANSICIÓN DE LA FASE 0
A LA FASE 1 DE LA DESESCALADA COVID-19
Acaba de ser publicada la Orden SND/399/2020 de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que entrará en vigor el próximo lunes día 11 de mayo.
MEDIDAS SOCIALES EN DEFENSA DEL EMPLEO (ERTES)
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto
mayo, de medidas sociales en defensa del
tratamiento de los ERTES durante el proceso de desescalada hacia la nueva
normalidad (meses de mayo y junio)
motivo del Estado de Alarma y que surgieron a raíz del Real Decreto Ley
8/2020 de 17 de marzo.
ÓRDENES MINISTERIALES DE LA FASE 0 DE LA DESESCALADA.
ÓRDENES MINISTERIALES RELACIONADAS CON EL INICIO DE LA FASE 0 DE LA DESESCALADA DEL ESTADO DE ALARMA
PROPUESTA DE DESESCALADA DEL GOBIERNO COVID-19
El proyecto de desescalada del confinamiento que ha propuesto el Consejo de Ministros (SUJETO A VARIACIÓN), con motivo de la crisis generada por el Covid-19, contempla CUATRO FASES de salida: preparación, inicial, intermedia y avanzada.
Cada fase durará dos semanas (en total 8 semanas), por lo que a finales de junio estaríamos en la nueva normalidad. La desescalada será asimétrica (no igual en todos los territorios) y, en principio, no se prevén intercambios de personas entre provincias.
ÁMBITO FINANCIERO arrendamiento de locales
Se establecen medidas para llevar a cabo una MORATORIA EN EL PAGO DE RENTA DEL ALQUILER distinto al uso de vivienda (locales comerciales).
Arrendadores entidad pública de vivienda o gran tenedor (persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros o con una superficie construida de más de 1.500 m2).
SUBVENCIÓN DE 300,00 € para personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto-Ley 9/2020, de 15 de abril, de medidas urgentes complementarias en el ámbito económico y social para paliar los efectos del coronavirus.
Entre otras medidas se prevé la concesión de SUBVENCIÓN DE 300,00 € (mediante la dotación de un fondo de 50 millones de €) para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas afectadas por la declaración del estado de alarma y que cumplan las condiciones para ser beneficiarias establecidas en el artículo 5.
SE AMPLIA EL PLAZO DEL ESTADO DE ALARMA
Mediante Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, ha quedado prorrogado el plazo del anterior estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
La prórroga establecida en este Real Decreto se extenderá HASTA LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 26 DE ABRIL DE 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo
hay que recordar que el Estado de Alarma declarado por el Consejo de Gobierno entró en vigor desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado el día 14 de marzo de 2020, siendo de aplicación en todo el territorio nacional.
MEDIDAS URGENTES COMPLEMENTARIAS EN EL ÁMBITO SOCIAL Y ECONÓMICO PARA HACER FRENTE AL COVID-19.
RESUMEN DEL REAL DECRETO LEY 11/2020 POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES COMPLEMENTARIAS EN EL ÁMBITO SOCIAL Y ECONÓMICO PARA HACER FRENTE AL COVID-19.
El pasado 31 de marzo el Gobierno publicó REAL DECRETO LEY 11/2020 por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 y cuya entrada en vigor fue el 2 d abril.