RESUMEN DE MEDIDAS REAL DECRETO LEY 8/2020 DE 17 DE MARZO.
MEDIDAS URGENTES PARA HACER FRENTE AL IMPACTO ECÓNOMICO Y SOCIAL DEL COVID-19. APOYO A EMPRESAS, TRABAJADORES Y AUTÓNOMOS
Flexibilización de los ERTE: Todas las personas que se vean afectadas por ERTE se beneficiarán de la prestación por desempleo, incluso aquellos que no tengan derecho a ella por no tener el tiempo de cotización suficiente.
Las prestaciones por desempleo cobradas durante el estado de alarma no computarán para el desempleo de después. Es decir, esas personas no habrán agotado su prestación por desempleo, y si son despedidos en el futuro, empezarán a cobrarlas desde cero. (En una circular posterior informaremos con más detalle del proceso para la presentación de ERTEs)
Las empresas que presenten ERTE no pagarán cuotas a la Seguridad Social, y se exonera del pago de cotizaciones sociales a aquellas compañías que, en lugar de despedir a sus empleados, se acojan a este instrumento para evitar así los despidos.
Para los autónomos se suaviza el acceso a la prestación extraordinaria por cese de actividad cuando hayan tenido que cerrar sus establecimientos o suspender sus servicios. Afectará a profesionales que vean caer su facturación un 75% en relación con el semestre anterior. Esta prestación será compatible con la exoneración del pago de cuotas para los trabajadores autónomos que se queden en el paro. Lo que no ha acordado el Ejecutivo es la suspensión del pago de la cuota de autónomos, de manera generalizada. (En una circular posterior informaremos con más detalle del proceso para acceder a las ayudas extraordinarias por cese de actividad).
Se aprueba un programas de apoyo a la digitalización de las pymes y planes de I+D para fomentar el teletrabajo.
Se crea una línea de avales de garantías públicas para facilitar liquidez a empresas por importe de 100.000 millones de euros.
Todos los trabajadores tendrán derecho a reorganizar o reducir su jornada laboral, incluso hasta el 100%, para cuidar a familiares, mayores o niños, ante el cierre de colegios y servicios sociales.
Las empresas tendrán que fomentar el teletrabajo cuando las circunstancias lo permitan
APOYO A LAS FAMILIAS MÁS VULNERABLES POR LA CRISIS DEL VIRUS
Protección de los suministros básicos (luz, agua y gas). Se garantizarán también los servicios de telecomunicaciones. “Durante el próximo mes los suministradores de energía, gas natural y agua no podrán suspender suministros a aquellos consumidores en los que concurran la condición de consumidor vulnerable o de consumidor en riesgo de exclusión social”.
Moratoria en el pago de hipotecas para primera vivienda para personas que hayan reducido sus ingresos o estén en situación de desempleo por el coronavirus. para ello, el deudor deberá acreditar cumplir los requisitos establecidos en el artículo 9 del Real decreto Ley.
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