El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA)

MEDIDAS ECONÓMICAS, FISCALES Y SOCIALES ANTICRISIS

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Estas son algunas de las principales medidas económicas, fiscales y sociales contempladas en los Presupuestos Generales del Estado de 2023, que han entrado en vigor el 01 de enero de 2023, y que también se contemplan en el Real Decreto-Ley de Medidas para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania y el alza de precios.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (I.V.A.)

  • Se rebajará el IVA del 4% al 0% para todos los alimentos de primera necesidad:

el pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común; las harinas panificables; los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo; los quesos; los huevos y las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario.

  • Se reduce el IVA del 10% al 5% para los aceites de oliva y de semillas y la pasta.

Bebidas azucaradas o alcohólicas mantienen el tipo impositivo del 21%.

(**) Estas rebajas se dejarán de aplicar a partir del 1 de mayo en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5%.emporal

  • Rebaja del IVA de higiene femenina y anticonceptivos, pasando a tributar al tipo impositivo reducido del 4% los tampones, compresas, protegeslips, al tratarse de productos de primera necesidad inherentes a la condición femenina, así como los preservativos y otros anticonceptivos no medicinales.
  • En la modificación de base por créditos incobrables, se flexibiliza el procedimiento incorporando la posibilidad de sustituir la reclamación judicial o requerimiento notarial previo al deudor por cualquier otro medio que acredite fehacientemente la reclamación al deudor y se extiende a 6 meses el plazo para proceder a la recuperación del IVA desde que el crédito es declarado incobrable.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (I.R.P.F.)

EXENCIÓN Y RETENCIONES

  • Se incrementa el salario bruto anual a partir del cual se empieza a pagar el IRPF desde los 14.000 euros anuales vigentes en la actualidad hasta los 15.000 euros anuales.
  • No resultan obligados a presentar la autoliquidación del Impuesto los contribuyentes que perciban, exclusivamente rentas del trabajo, de más de un pagador si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000 euros.
  • Asimismo, se amplía hasta los 21.000 euros anuales el importe del salario bruto sobre el que no hay que practicar retenciones del IRPF.

PLUSVALÍAS

Se incluyen dos nuevos tramos para la escala del ahorro que se eleva hasta el 27% en la tributación de las rentas del capital (plusvalías) superiores a 200.000 euros, y para las plusvalías superiores a 300.000 euros, se elevará hasta el 28%.

PEQUEÑOS EMPRESARIOS

Los autónomos se beneficiarán de una reducción de un 5% adicional en los rendimientos netos en la tributación por módulos y, en la estimación directa simplificada, tendrán una deducción adicional de dos puntos, hasta el 7%, en gastos de difícil justificación.

IMPUESTO DE SOCIEDADES

Se rebaja el tipo impositivo del Impuesto de Sociedades para las Pymes que tributarán del 25% al 23%, siempre que su cifra de negocios sea inferior a un millón de euros en el periodo impositivo inmediatamente anterior.

OTRAS AYUDAS SOCIALES Y EMPRESARIALES

  • Las familias con rentas de hasta 27.000 euros (y patrimonio inferior a 75.000 €) recibirán una ayuda de 200 euros para reducir las situaciones de vulnerabilidad económica que no estén cubiertas por otras prestaciones de carácter social (es decir que no perciban el IMV o una Pensión No Contributiva).

El plazo de solicitud, vía sede electrónica de la Agencia Tributaria, será del 15 de febrero al 31 de marzo de 2023.

  • Se establece una línea de ayudas directas de 660 millones de euros a los agricultores en compensación por el aumento del precio de los fertilizantes y del gasóleo agrícola y pesquero.
  • Se mantendrán las ayudas directas para cubrir la rebaja del 30% para el transporte público urbano e interurbano en aquellos territorios en los que los gobiernos autonómicos y las entidades locales complementen hasta el 50% de rebaja del precio. Esta medida se suma a la gratuidad en el transporte por ferrocarril de Cercanías, Rodalies y Media Distancia convencional y de las líneas de autobús de titularidad estatal para viajeros habituales, así como a los descuentos del 50% de los abonos Avant, durante 2023.

BONIFICACIÓN A LOS COMBUSTIBLES

  • Se bonifica el combustible a los sectores más afectados por su subida: transportistas, agricultores, navieras y pescadores.
  • La bonificación general de 20 céntimos por litro de carburante adoptada en marzo se da por finalizada.

PENSIONES E INGRESO MÍNIMO VITAL

  • El Gobierno también ha acordado el incremento de las Pensiones de jubilación e invalidez No Contributivas y del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que será, de manera extraordinaria, del 15%.

PRECIO DE LOS ARRENDAMIENTOS

  • Se acuerda prorrogar los contratos de alquiler vigentes sin cambiar las condiciones. Es decir, se congelan los contratos  que vayan a expirar entre el 01 de enero y el 30 de junio y se establece una prórroga de seis meses en las condiciones y precio del alquiler para estos.
  • Por otro lado, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación del 2% en la revisión anual de las rentas de los contratos en vigor (aquellos que venzan más allá del 30 de junio).

Esta medida no afectará a los nuevos inquilinos que firmen el contrato de arrendamiento por primera vez.

  • Así mismo se mantiene la suspensión de los desahucios para hogares vulnerables durante seis meses.

CONTRATACIÓN Y EMPLEO

  • Se prorroga el contrato de relevo y la jubilación parcial hasta 2024 con el objetivo de impulsar el reemplazo generacional y la creación de empleo, especialmente en el sector industrial.
  • De igual modo, se prorrogan los ERTE para empresas y trabajadores afectados por la erupción volcánica de la isla de La Palma, y se mantiene la prohibición del despido en las empresas adscritas al programa de ayudas por el aumento de los costes energéticos derivados de la guerra de Ucrania.

NUEVOS IMPUESTOS A BANCA, ENERGÉTICAS, GRANDES FORTUNAS Y ENVASES DE PLÁSTICO NO REUTILIZABLE

  • En 2023 se pondrán en marcha, asimismo, los nuevos impuestos extraordinarios sobre las empresas energéticas, entidades financieras y grandes fortunas.
  • El nuevo impuesto a la banca gravará al 4,8% los intereses y comisiones de todas las entidades que facturasen más de 800 millones en 2019, mientras que el energético gravará el 1,2% sobre el importe de la cifra de negocio de las compañías del ramo energético que facturasen más de 1.000 millones en 2019. Por su lado, el impuesto a las grandes fortunas será del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.
  • El 1 de enero de 2023 también entrarán en vigor el nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables y el tributo al depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, ambos incluidos en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.

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